
Los derechos de autor y la IA como herramienta
Guía práctica para marcas y creadores
DIGITAL INSIDER
Curated by André Alarcón
9/8/2025


La sentencia es breve y precisa: la autoría es humana. La Suprema Corte de Justicia trazó una línea. No es una condena a la IA; es una exigencia de responsabilidad. Si vas a usar algoritmos, hazlo como quien firma una obra: con intención, huella y evidencia.
lo esencial, claro y verificable
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las obras generadas exclusivamente por sistemas de inteligencia artificial no son registrables como obras protegidas por derechos de autor bajo la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA). La argumentación se apoya en que el derecho de autor protege expresiones producto del intelecto humano y en que los tratados internacionales vigentes tampoco reconocen a la IA como sujeto de autoría.
1.¿Qué se discutió para llegar aquí?
El asunto provino de la negación al registro de una obra generada con IA (caso “Avatar Virtual: Gerald García Báez”), que escaló hasta la Corte tras recursos en tribunales administrativos. La SCJN confirmó que la LFDA exige originalidad y expresión personal —atributos que, según el tribunal, no pueden atribuirse a una máquina. El expediente y la sentencia están publicados por la propia Corte.
VIA
SCJN — Amparo Directo AD 6/2025 (Gerald García Báez) (documento oficial). Suprema Corte de Justicia de la Nación
Gobierno de México / Secretaría de Cultura — Comunicado INDAUTOR reconociendo resolución. Gobierno de México
Lexology — Análisis legal: “La SCJN determinó que obras creadas por IA carecen de expresión personal necesaria”. Lexology
FisherBroyles / Client Alert — “Draft Ruling from Mexico’s Supreme Court: AI-generated works ineligible for copyright protection.” FisherBroyles
El Economista / Milenio / Aristegui Noticias — Cobertura periodística del fallo y contexto del caso.
2. Impacto inmediato
Registro y protección: Obras creadas solo por IA no obtendrán registro de autor en México; legalmente pueden quedar en dominio público o vulnerables a usos sin autorización. (ECIJA)
Licencias y cadena de valor: Si usas modelos comerciales (licencias de imagen, audio o datasets), la cadena de derechos sigue siendo relevante; la empresa que provee el modelo y las licencias de entrenamiento siguen importando. (FisherBroyles)
Riesgo reputacional y comercial: Reivindicar autoría inexistente o reclamar exclusividad sobre obras generadas solo con IA puede generar litigios y desconfianza. (Grupo Milenio)
3. ADAPTACIÓN E INTERPRETACIÓN
No veas esto como una puerta cerrada; es una llamada a profesionalizar tu producción con IA. La decisión define responsabilidad, no creatividad. En términos prácticos: documentar, acreditar y pactar. La marca que lo haga bien ganará control legal y ventaja competitiva.


Guía práctica —9 medidas concretas que implementamos en Forcep y recomendamos
Registra la intervención humana: guarda borradores, versiones previas, notas de dirección y archivos de trabajo que demuestren la autoría humana. (Prueba documental).
Archiva los prompts y metadatos: conserva los prompts, parámetros y la secuencia de iteraciones; son evidencia de la contribución creativa humana.
Contrato claro con proveedores de IA: exige cláusulas sobre licencias, uso de datos y responsabilidad por datasets usados en entrenamiento.
Define y documenta el flujo creativo: quién ideó la idea, quién editó, quién aprobó la versión final. Asigna roles formales.
Licencia interna y cesión: si empleas colaboradores, acuerda cesiones claras de derechos patrimoniales en contratos laborales o de servicios.
Usa herramientas híbridas: combina IA con intervención humana visible (edición, curaduría, composición) para sostener reclamos de originalidad.
Marca y trademark: protege nombres, personajes y signos distintivos (trademarks) que sí pueden ser registrados aunque la obra base tenga dudas autorales.
Política de transparencia: comunica a stakeholders cuándo y cómo usas IA; evita afirmaciones equívocas sobre autoría.
Seguros y mitigación: evalúa pólizas de responsabilidad por IP y cláusulas de indemnidad para proyectos grandes.
Casos, riesgos y oportunidades
Campaña gráfica o spot con IA como asistente: documenta el proceso; la obra final puede registrarse si hay aportación creativa humana sustancial.
Obra generada enteramente por IA (sin edición humana): evita presentarla como obra propia; usa como recurso sin pretender exclusividad o regístrala como obra derivada si existe material humano suficiente.
Productos comerciales con elementos IA (packaging, patterns): protege signos y marcas (trademark) y documenta la intervención humana en el diseño.
Plataformas y productos SaaS que generan contenido para terceros: revisa términos y condiciones y especifica en contratos quién retiene qué derechos.
Incluye sección IA en el brief: qué herramientas usarás, quién controla contenido, cómo documentarás aportes humanos.
En el contrato: cláusula de registro y cesión, metadatos, promesa de transparencia y cláusula de indemnidad frente a reclamaciones IP.